miércoles, 16 de agosto de 2017

Modificaciones IVA y Autonomos


 
 
 
 
 
 
La Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 introduce las siguientes modificaciones:

   En relación con el I.V.A. pasan a tributar al 10%:

·         Los servicios de hostelería, acampamento y balneario, los de restaurantes y, en general, el suministro de comidas y bebidas para consumir en el acto, incluso si se confeccionan previo encargo del destinatario.»

·         La entrada a bibliotecas, archivos y centros de documentación, museos, galerías de arte, pinacotecas, teatros, circos, festejos taurinos, conciertos, y a los demás espectáculos culturales en vivo.»

   En relación con los autónomos:

·                A partir del día 1 de julio de 2017 la base mínima de cotización será de 919,80 euros mensuales. Por tanto, quienes vinieran cotizando por la base mínima anterior (893,10 euros) pagarán un poco más ya en el recibo de julio.
Quedamos a su disposición para cualquier ampliación, duda o aclaración.