lunes, 26 de octubre de 2015

Novedades Modulos 2016


 
 
 
 
    
 
 
     CIRCULAR INFORMATIVA ESTIMACION OBJETIVA 2016

           El pasado 15 de octubre se ha publicado en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas el Proyecto de Orden por la que se desarrollan para el año 2016 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

          En relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:

          Serán de aplicación las nuevas magnitudes excluyentes por volumen de ingresos íntegros, que será de 250.000 euros anuales, para el conjunto de actividades económicas, excepto las agrícolas, ganaderas y forestales (sin embargo, no podrá aplicarse el método de estimación objetiva cuando el volumen de operaciones para empresarios o profesionales supere los 125.000 euros anuales), la magnitud en función del volumen de ingresos para el conjunto de actividades agrícolas, forestales y ganaderas, que será de 250.000 euros anuales y la magnitud en función del volumen de compras de bienes y servicios, que será de 250.000 euros anuales para el conjunto de todas las actividades económicas desarrolladas.

          Se excluyen de la aplicación del régimen de estimación objetiva las actividades incluidas en la división 3, 4 y 5 de la sección primera de las Tarifas del lAE a las que se aplica el tipo de retención del 1% como las de fabricación y construcción y se revisan las magnitudes específicas para su inclusión en el método de estimación objetiva para el resto de actividades sujetas a dicha retención.

 
Información: Departamento Fiscal

 

    Telef. 91-460 55 42                     Fax 91-469 13 78                          E-Mail: fersosa@fersosa .es

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